Abogado de Derecho Bancario en El Puerto de Santa María

En El Puerto de Santa María puedes empezar por solicitar la documentación que te falta a tu entidad. Te ayudo a identificar el contrato y los movimientos necesarios para estudiar tu caso.

Desde El Puerto, sin desplazarte a Cádiz

Puedes empezar hoy mismo desde casa: me cuentas qué producto tienes y con qué entidad, y te digo qué documentos necesito para estudiarlo.

Cuando los tengas, me los envías por correo electrónico y te llamo con el resultado.

Cómo llegar al despacho desde El Puerto de Santa María

En Cercanías (línea C-1) desde las estaciones de El Puerto de Santa María o Valdelagrana hasta Segunda Aguada, a unos cinco minutos a pie del despacho.

Otra opción es el catamarán, que llega al puerto de Cádiz.

Si hubiera que ir a juicio

Si la entidad no devuelve el dinero y hay que demandar, como consumidor puedes hacerlo en el tribunal de tu domicilio. En tu caso es el Tribunal de Instancia de El Puerto de Santa María, que es como se llaman desde 2025 los antiguos juzgados de primera instancia.

Si te falta el contrato

Es lo más frecuente, sobre todo en tarjetas y préstamos de hace años. Se consigue así:

  • Mira primero en la banca electrónica y en los correos de cuando lo contrataste.
  • Si no aparece, pídelo a la entidad por escrito, por un medio que deje constancia.
  • Guarda tu petición y la respuesta que te den.

Qué se revisa en un préstamo personal

Preguntas habituales en El Puerto de Santa María

¿Y si la entidad no me manda el contrato?

Se solicita formalmente junto con los extractos, y forma parte de la reclamación. Te ayudo a hacerlo.

¿Y si lo contraté con una financiera y no con un banco?

Es igual. La Ley de Usura se aplica a cualquier prestamista.

Antonio Seoane Benjumeda · Colegiado n.º 5498 del ICA de Cádiz · Av. Ana de Viya, 5, Edificio Nereida, oficina 202, 11009 Cádiz

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Compruebas

Con la calculadora o contándome tu caso en el formulario de contacto.

02

Reviso tu caso

Reviso tu caso gratis: te digo si tiene fundamentos y qué se puede recuperar.

03

Reclamamos

Previamente, de manera extrajudicial, a la entidad financiera y, si no hay una respuesta adecuada, valoramos acudir a los tribunales.

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