Préstamos personales

Las condiciones de tus préstamos también merecen una revisión.

Durante años se pensó que la usura era cosa de las tarjetas. En marzo de 2026 el Tribunal Supremo aplicó el mismo criterio a un préstamo personal: si el interés supera en más de 6 puntos el tipo medio del mercado, puede ser usurario y anularse.

+6puntos sobre el tipo medio

Es la referencia que usó el Supremo para un préstamo personal (sentencia 366/2026).

16,61 %TAE del préstamo anulado

Frente a un tipo medio del 8,10 % en la fecha del contrato: 8,51 puntos de diferencia.

0 €por estudiar tu caso

Si reclamamos, solo cobro si tú cobras.

Cuándo se puede reclamar

  • La TAE está muy por encima del mercado

    Se compara la TAE de tu préstamo con el tipo medio que publicaba el Banco de España para ese tipo de crédito cuando lo firmaste. Más de 6 puntos de diferencia es la referencia para considerarlo «notablemente superior».

  • Es un préstamo rápido, preconcedido o de una financiera

    Son los que suelen tener los tipos más altos: créditos al consumo de financieras, préstamos preconcedidos en la aplicación del banco o financiación en la propia tienda.

  • Te añadieron comisiones o seguros

    Además del interés, reviso la comisión de apertura y los seguros que te hicieron contratar junto con el préstamo.

Qué dicen los tribunales

En la sentencia 366/2026, de 9 de marzo, el Tribunal Supremo declaró usurario un préstamo personal de 2019 con una TAE del 16,61 %, cuando el tipo medio de esos créditos era del 8,10 %. Para decidirlo tomó como referencia el criterio de los 6 puntos que ya aplicaba a las tarjetas revolving.

No es una regla automática. El Supremo dice que ese criterio puede tenerse en cuenta, y cada caso depende de la fecha, de la clase de préstamo y de la estadística del Banco de España que le corresponda. Por eso hace falta estudiar el contrato.

Si el préstamo se declara usurario, solo hay que devolver el capital recibido y la entidad debe devolver lo pagado de más. Según el criterio que el Supremo fijó para los contratos usurarios (sentencia 350/2025), la devolución alcanza a lo pagado en los cinco años anteriores a la reclamación.

Tipo medio del crédito al consumo y umbral orientativo

Tipo medio: TAE del crédito al consumo (Banco de España, Boletín Estadístico, cuadro 19.6). Umbral orientativo: tipo medio + 6 puntos. El juzgado puede aplicar la serie del plazo concreto de tu préstamo.
Año de firmaTipo medioUmbral orientativo
20159,05 %15,05 %
20168,43 %14,43 %
20178,63 %14,63 %
20188,68 %14,68 %
20198,34 %14,34 %
20207,74 %13,74 %
20217,54 %13,54 %
20227,91 %13,91 %
20239,03 %15,03 %
20248,50 %14,50 %
20257,75 %13,75 %
20267,68 %13,68 %

Qué se puede recuperar

  • Lo que hayas pagado por encima del capital que recibiste: intereses y comisiones.
  • Con el límite de los cinco años anteriores a la reclamación.
  • Si todavía estás pagando, la deuda se reduce al capital pendiente, sin intereses.
  • Si además hay un seguro o una comisión nulos, su importe se suma a la reclamación.

Qué documentos necesito

  • El contrato del préstamo.
  • El cuadro de amortización o los recibos.
  • Las pólizas de los seguros que contrataste con el préstamo, si los hay.
  • Tu DNI.

Cómo es el proceso

  1. Estudio gratis

    Me envías el contrato o los datos que tengas y en 48 horas te digo si veo base para reclamar.

  2. Reclamación a la entidad

    Primero se reclama por escrito. Es un paso obligatorio antes de ir al juzgado, y a veces termina aquí con un acuerdo.

  3. Demanda, si hace falta

    Si no contestan o la respuesta no es aceptable, presento la demanda. Como consumidor puedes litigar en los juzgados de tu domicilio.

  4. Cobras tú

    Cuando recuperas el dinero, descuento mis honorarios, según lo pactado en la hoja de encargo. Si no cobras, no pagas.

Preguntas sobre préstamos personales

¿Debo dejar de pagar mientras se estudia el contrato?

No cambies tus pagos sin asesoramiento. Estudiar el contrato no modifica por sí solo tus obligaciones, y un impago puede traerte recargos.

¿Vale para un préstamo que ya terminé de pagar?

Sí, se puede estudiar. La devolución alcanza a lo pagado de más en los últimos cinco años.

¿Y si lo contraté con una financiera y no con un banco?

Es igual. La Ley de Usura se aplica a cualquier prestamista.

¿Qué pasa con el seguro que me hicieron contratar?

Lo reviso también. Si te lo impusieron o se pagó de una sola vez sumándolo al préstamo, puede reclamarse aparte.

¿Basta con el resultado de la calculadora?

No. Te orienta, pero hay que estudiar el contrato y la estadística que le corresponde.

Información general, actualizada en octubre de 2026. Cada caso necesita un estudio individual y no puede garantizarse un resultado.

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